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Comenzó a funcionar el Espacio de Atención de Violencia Laboral y de Género del CONICET Bahía Blanca

Está destinado a la atención, contención y asesoría en casos de violencia laboral, de género, diversidades y/o discriminación

La creación del nuevo espacio de atención de violencia laboral y de género del Centro Científico Tecnológico de Bahía Blanca fue formalizada mediante la Resolución 2161 del 01 de diciembre de 2021 y comenzó a atender este mes de mayo de 2022.

Se trata de un espacio institucional a disposición de los y las agentes de CONICET  cuyo objetivo es propiciar ámbitos de confianza y seguridad para que las personas afectadas por situaciones de violencia o discriminación física, psíquica, sexual, simbólica, económica, patrimonial y/o política en espacios laborales del CONICET, o fuera de él, puedan exponer su situación a fin de hacerla cesar de inmediato y establecer, a través de los procedimientos de investigaciones vigentes, las responsabilidades y sanciones correspondientes, en cada caso.

Atenderá a investigadores/as, personal de apoyo, personal administrativo, cualquiera sea la condición laboral (temporario o visitante, permanente o contratado), y becarias/os, con lugar de trabajo en el ámbito del CONICET. También se contemplará a terceros/as que, al prestar servicios permanentes o temporales, convivan en el mismo espacio físico que el personal del organismo (por ejemplo, personal de limpieza, mantenimiento o seguridad).

El Espacio estará conformado por un referente regional de la Red Federal de la Comisión Interdisciplinaria Nacional del Observatorio de Violencia Laboral y Género de CONICET y dos agentes de intervención que han sido seleccionados y capacitados a partir de criterios sugeridos por dicha Comisión, quienes se encargarán de la primera escucha, contención y orientación de las personas percibidas como víctimas de violencias.

El asesoramiento será gratuito y se garantiza la atención basada en el respeto, la privacidad, no revictimización, confidencialidad, contención y acompañamiento.

Para acordar una entrevista con el equipo, podrá solicitarse un turno a través del e-mail: ambientel‌aboral@‍bahiablanca-conicet.gob.ar

¿Qué situaciones comprende?

  • Conductas de violencia física, psíquica y sexual contempladas en el Código Penal argentino, independientemente del deber de denunciar de los funcionarios públicos al conocer la posible comisión de un delito de acción pública.
  • Hechos de violencia física, psicológica, sexual, simbólica, económica, patrimonial y política, contemplados en la Ley Nacional Nº 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y concordante.
  • Hechos contemplados en la Ley Nacional Nº 23.592 “Antidiscriminación”, Informe de la Organización Internacional del Trabajo sobre seguridad en el trabajo (julio de 2003), Directrices relativas a los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (ILO-OSH, 2001. OIT, Ginebra, 2002) y concordantes.
  • Cualquier medida o práctica que produzca un trato discriminatorio o desigualdad entre los/as trabajadores/as fundadas en razones políticas, gremiales, de sexo, orientación o preferencia sexual, género, estado civil, edad, nacionalidad, raza, etnia, religión, discapacidad, caracteres físicos, enfermedades, o cualquier otra acción, omisión, segregación, preferencia o exclusión que menoscabe o anule el principio de no discriminación e igualdad de oportunidades y de trato, tanto en el acceso al empleo como durante la vigencia de la relación laboral.