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Numero 29
Número 9
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Lic. Pía Squarcia
Lic. Fernando Gomez
Trad/Prof. Viviana Soler
Prof. Elena Contardi
Dra. Veronica Guler
Ing. Guillermo Sisul

Diseño y Programación
Alejandra Olazabal
Adrián Zunini
 

Diseño Gráfico
Marcelo Distefano
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Contribuciones al Editor:

El boletin electrónico del CONICET Bahía Blanca da la bienvenida a contribuciones de su personal para sus diferentes secciones. Los artículos y notas que aparecen en el boletín representan la opinión de los autores y no necesariamente la política del CONICET Bahía Blanca. En cuanto al derecho de autor, los artículos en su totalidad o parcialmente no podrán ser reproducidos por terceros sin previa autorización del autor/ autores.


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Beneficios en las importaciones de equipamiento e insumos para uso científico.

La Ley 25.613 permite la importación libre de aranceles y por medio de solicitud particular (sin despachante de aduanas), de bienes e insumos de origen importado que no se fabriquen en los países del MERCOSUR, para ser utilizados exclusivamente en tareas de investigación científica y tecnológica en el ámbito de instituciones previamente inscriptas en el Registro de Organismos y Entidades de Investigación Científica y Tecnológica (ROECYT).

Desde 2003, año en que comenzó a aplicarse esta Ley, el entonces CRIBABB contó con una autorización del CONICET para gestionar certificados y realizar importaciones en nombre de éste.

A partir de 2007, al implementarse una nueva política de Institutos y crearse los Centros Científicos Tecnológicos, el CONICET retira la citada autorización e instruye a estos organismos con el fin de que cumplan con todas las formalidades y requisitos para actuar por sí mismos como Importadores/Exportadores; y para que se inscriban en el ROECYT. Es en 2008 que, cumplidos todos los trámites y procedimientos que exige la AFIP, su Dirección General de Aduanas (DGA), y el ROECYT, el CONICET Bahía Blanca queda oficialmente inscripto y habilitado para reiniciar las operaciones de comercio exterior.

Entre 2003 y 2007 se gestionaron 81 certificados de importación ROECYT, y se realizaron 73 importaciones, de las cuales menos del 20% se concretaron en la aduana de Bahía Blanca, debiendo encomendar el resto a terceros para su nacionalización en las Aduanas de la ciudad de Buenos Aires y Ezeiza. Esto hizo que el costo de dicha tercerización debiera ser cubierto por los investigadores.

En el segundo período, iniciado en 2008, se gestionaron 99 certificados de importación ROECYT y se efectuaron 93 importaciones. Durante 2008 en la Aduana de Bahía Blanca se realizaron un 25% del total de las importaciones. En el primer semestre de 2009 ese porcentaje aumentó al 45%, en el segundo al 60% y en lo que va del presente año se ha incrementado al 75%.


La relevancia del incremento en el indicador de importaciones logradas en Bahía Blanca genera un efecto directo en los presupuestos destinados a bienes e insumos provenientes del exterior. Es importante considerar esto, ya que la acción alternativa que implica encargar a terceros esta tarea, cuando las importaciones se realizan en las aduanas de la ciudad de Buenos Aires o Ezeiza, tiene un costo que en muchos casos supera el importe de los aranceles ahorrados por el beneficio de la Ley, y en otros se aproxima al del bien importado. Concentrar la mayor cantidad de importaciones en las aduanas locales, realizando la gestión completa de las operaciones de comercio exerior y la posterior labor de nacionalización, es un importante esfuerzo que realiza la Unidad de Administración Territorial (UAT) del CONICET Bahía Blanca en beneficio de los presupuestos destinados a compras de bienes e insumos en el exterior, de los Institutos de Investigación y de los proyectos de investigadores, otorgando mayor participación y control sobre estos procedimientos.

Más allá de los beneficios que ofrece la Ley al sistema científico y tecnológico, y del importantísimo ahorro efectivamente logrado en todos estos años de usufructo, en ocasiones se percibe que los investigadores no quedan suficientemente satisfechos por la burocracia o costos que aún nos queda enfrentar. Al respecto, sólo cabe agregar que la DGA es una dirección de la AFIP, cuyo objetivo claramente es controlar y recaudar, y que las excepciones que nos benefician, no nos permiten salirnos del sistema. Las mismas se encuentran detalladamente reguladas y acotadas por los decretos reglamentarios y disposiciones internas de los organismos intervinientes. Estas normas pueden ser mejorables, pero al momento permanecen vigentes.

Nuestra recomendación es que antes de realizar compras en el exterior y, en lo posible, antes de incluir el presupuesto de un bien importado en un proyecto, se hagan las consultas correspondientes en la UAT del CONICET Bahía Blanca.

 
Auspician




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